Guía · Tarjetas

Tarjetas de crédito en Paraguay: lo que dice la Ley 1.940

Por Weimar Chávez · Actualizado el 4 de noviembre de 2026 · Base legal: Ley N.º 1.940/2002, arts. 1 a 4

La Ley N.º 1.940 de 2002 fija reglas propias para las tasas de interés de las tarjetas de crédito. Es una ley corta, de solo cinco artículos, pero responde a las dudas más frecuentes: qué intereses pueden cobrarte, cuánto pueden ser y qué pasa si te atrasas.

Solo intereses: nada más

«Sólo podrán ser aplicables a las Tarjetas de Crédito los intereses financieros normales compensatorios o normales, los moratorios y los punitorios. No serán aplicables ningún otro costo ni gastos adicionales bajo ningún concepto.»

Ley N.º 1.940/2002, art. 1

Esto significa que, según el texto de la ley, en una tarjeta de crédito pueden aplicarse tres tipos de intereses:

No se admiten «otros costos ni gastos adicionales bajo ningún concepto». Si en tu resumen aparecen cargos que no encajan en esas tres categorías, conviene pedir a la entidad la explicación por escrito y consultar a un profesional.

El tope del interés financiero

«El límite de los intereses compensatorios o financieros que el emisor aplique al titular no podrá exceder del 100% (ciento por ciento) por encima del promedio pagado por entidades bancarias o financieras de plaza por cada Certificado de Depósitos de Ahorros (CDA) a un año de plazo. A este efecto, el Banco Central del Paraguay deberá publicar mensualmente en dos diarios de gran circulación de la República el promedio pagado por dichas entidades respecto a los Certificados de Depósitos de Ahorros (CDA), tanto en guaraníes como en moneda extranjera.»

Ley N.º 1.940/2002, art. 2

En palabras simples, el interés que te cobra la tarjeta por financiar no puede ser más del doble de lo que los bancos pagan en promedio por un CDA a un año. El BCP publica ese promedio cada mes. El tope resultante para tarjetas de crédito en noviembre de 2026, según la prensa con datos del BCP, es de 19,56 % en guaraníes y 10,61 % en moneda extranjera, efectivos anuales. Compruébalo en la web del BCP.

Para saber qué tasa te cobran, mira tu contrato y el resumen de cuenta, y conviértela a efectiva anual si aparece como nominal con el conversor de tasas.

Mora e intereses punitorios

«El interés a partir de la mora, denominado interés moratorio, será la misma tasa pactada originalmente. En ningún caso podrán capitalizarse intereses. Los emisores podrán percibir igualmente un interés punitorio adicional, calculado sobre el capital, cuya tasa no podrá exceder del 30% (treinta por ciento) de la tasa a percibirse en concepto de interés moratorio.»

Ley N.º 1.940/2002, art. 3

Ejemplo

Si tu tarjeta cobra una tasa del 18 % anual, el interés moratorio es también 18 % anual y el punitorio adicional no puede superar el 5,4 % anual (el 30 % de 18 %). La suma máxima por mora sería de 23,4 % anual sobre el capital en mora. Si una entidad te cobra por mora una tasa mayor, o capitaliza esos intereses, se aparta de lo que dice el texto de la ley. Hay más sobre cómo se calculan en la guía intereses por mora.

El pago mínimo y la mora

Una protección clave está en la parte final del art. 3:

«No procederá la aplicación de intereses moratorios ni punitorios si se hubieran efectuado los pagos mínimos indicados en el resumen, en la fecha correspondiente.»

Ley N.º 1.940/2002, art. 3, último párrafo

Si pagas el mínimo del resumen en la fecha, no corresponde cobrarte intereses moratorios ni punitorios. Seguirás pagando el interés financiero sobre el saldo que financias, y eso es lo que encarece pagar solo el mínimo: con un saldo de Gs. 1.000.000 al 19,56 % efectivo, pagar el 5 % del saldo cada mes tarda 50 meses y suma Gs. 336.231 de intereses. Simula tu caso con la calculadora de tarjeta.

Cómo controlar tu resumen

  1. Identifica la tasa de financiación y conviértela a efectiva anual si hace falta.
  2. Compárala con el tope del mes en el sitio del BCP.
  3. Revisa cada cargo: deben ser intereses compensatorios, moratorios o punitorios; nada más.
  4. Verifica las fechas de pago: si pagaste el mínimo a tiempo, no debe haber moratorios ni punitorios.
  5. Guarda todos los resúmenes y comprobantes de pago.

Qué hace el BCP si no se cumple

El art. 4 establece que el Banco Central del Paraguay sancionará a las entidades sujetas a su control que no cumplan con la obligación de informar o que no observen las disposiciones relativas al nivel de las tasas a aplicar, conforme a su Carta Orgánica y a esta ley. Si crees que tu emisor se aparta de la ley, reclama primero por escrito a la entidad y consulta con un abogado o con la Superintendencia de Bancos.

La Ley 1.940 regula las tasas de las tarjetas de crédito; la tasa usuraria general la fija la Ley 2.339. Esta guía explica el texto de la ley y no reemplaza el asesoramiento profesional. Lee también tasa usuraria en Paraguay.